No importa la fecha puntual —importa entender cómo se calcula. Un vencimiento se corre solo cuando cambia el calendario oficial; la regla, no.
Guía práctica · reglas atemporales
14 reglas explicadas para los impuestos y regímenes más consultados: ARCA (IVA, Ganancias PH y PJ, Bienes Personales, Monotributo, F.931, Autónomos), AGIP CABA, ARBA PBA y Convenio Multilateral. Cada regla linkea al calendario oficial del organismo — ese es siempre la fuente de la fecha.
14 de 14 reglas mostradas
Cómo funciona el escalonado por CUIT
ARCA (y varios fiscos provinciales) usan la última cifra del CUIT (0-1, 2-3, 4-5, 6-7, 8-9) para escalonar los vencimientos a lo largo de la semana. La fecha exacta de cada terminación se publica cada año en el calendario oficial del organismo. Ejemplo: si tu CUIT termina en 3 y el IVA vence "entre el 18 y el 22", tu fecha suele ser la del grupo 2-3 dentro de esa ventana.
Responsables Inscriptos — Régimen General
Qué se presenta
DDJJ F.2002 web (Portal IVA) con débitos, créditos, retenciones y percepciones sufridas del mes.
Cuándo vence
Entre el 18 y el 22 del mes siguiente al período fiscal, según terminación de CUIT.
Escalonado por CUIT
ARCA publica un cronograma mensual con la fecha exacta para cada terminación 0-1, 2-3, 4-5, 6-7 y 8-9. La DDJJ y el pago vencen el mismo día para IVA general.
Agentes designados por RG
Qué se presenta
DDJJ e ingreso mediante el sistema SIRE. Los agentes de percepción/retención informan por CUIT del sujeto retenido.
Cuándo vence
Segunda quincena del mes siguiente, calendario específico publicado por ARCA para agentes de retención.
Régimen general o simplificado
Qué se presenta
DDJJ anual F.711 (tradicional) o simplificada, según opción y monto de ingresos.
Cuándo vence
Junio del año siguiente al período fiscal, escalonado por terminación de CUIT.
Escalonado por CUIT
Entre el 10 y el 15 de junio típicamente, dependiendo del cronograma publicado cada año por ARCA.
DDJJ vs pago
La DDJJ vence un día antes que el pago del saldo. Anticipos: 5 anticipos bimestrales del 20% cada uno, con vencimiento en agosto, octubre, diciembre, febrero y abril.
SRL, SA, SAS, sujetos del artículo 73
Qué se presenta
DDJJ anual F.713 con balance impositivo, papeles de trabajo y liquidación.
Cuándo vence
Al 5to mes posterior al cierre del ejercicio comercial (mes 5 después del cierre), escalonado por terminación de CUIT.
DDJJ vs pago
10 anticipos mensuales del 8% (primero) y 9% (nueve restantes), desde el 6to mes posterior al cierre.
Qué se presenta
Ingreso del anticipo con VEP generado desde el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT).
Cuándo vence
Personas humanas: agosto, octubre, diciembre, febrero y abril. Sociedades: mensuales desde el 6to mes post-cierre.
Personas humanas y sucesiones indivisas
Qué se presenta
DDJJ anual F.762 con bienes del país y del exterior al 31/12.
Cuándo vence
Junio del año siguiente al período fiscal, escalonado por terminación de CUIT (calendario ARCA anual).
DDJJ vs pago
5 anticipos bimestrales del 20% cada uno (agosto, octubre, diciembre, febrero, abril).
Qué se presenta
Pago del componente impositivo + SIPA + Obra Social según categoría vigente. Se paga con credencial (CUR) F.152/F.184.
Cuándo vence
Día 20 de cada mes, con el mismo importe para todas las terminaciones de CUIT.
Qué se presenta
Revisión de facturación de los últimos 12 meses, alquileres devengados y consumos de energía eléctrica para determinar la nueva categoría.
Cuándo vence
Última semana de enero (por el cuatrimestre septiembre-diciembre) y última semana de julio (por el cuatrimestre marzo-junio).
Empleadores en relación de dependencia
Qué se presenta
DDJJ mensual F.931 con aportes y contribuciones SUSS, ART, obra social y otros conceptos SICOSS.
Cuándo vence
Entre el 7 y el 13 del mes siguiente al período liquidado, según terminación de CUIT del empleador.
DDJJ vs pago
La presentación de la DDJJ vence en la primera fecha; el pago del saldo vence junto con la DDJJ.
Aportes previsionales de socios gerentes, directores, autónomos puros
Qué se presenta
Pago mensual del aporte según categoría (I a V, más incrementadas). No hay DDJJ mensual — se paga por credencial o VEP.
Cuándo vence
Entre el 7 y el 13 del mes siguiente al período, según terminación de CUIT.
Régimen General o Local — AGIP
Qué se presenta
DDJJ mensual con las ventas gravadas de la Ciudad y las retenciones/percepciones sufridas.
Cuándo vence
Entre el 15 y el 20 del mes siguiente, según terminación de CUIT (calendario AGIP anual).
Régimen General — ARBA
Qué se presenta
DDJJ mensual con ventas gravadas de la Provincia y retenciones/percepciones sufridas.
Cuándo vence
Entre el 12 y el 22 del mes siguiente, según terminación de CUIT (calendario ARBA anual).
Qué se presenta
DDJJ mensual CM03 en SIFERE Web, con la distribución de la base imponible entre las jurisdicciones donde el contribuyente tiene actividad.
Cuándo vence
Entre el 13 y el 20 del mes siguiente, según terminación de CUIT (calendario Comisión Arbitral).
Qué se presenta
DDJJ anual CM05 en SIFERE Web con el ajuste anual y la determinación del coeficiente unificado para el año siguiente.
Cuándo vence
Junio del año siguiente al período fiscal, calendario Comisión Arbitral.
Preguntas frecuentes
Se generan intereses resarcitorios desde el día siguiente al vencimiento hasta el día de pago (tasa mensual publicada por ARCA, actualizable). Si además la falta la detecta ARCA por fiscalización o intimación, puede haber multas por omisión de impuesto (art. 45 Ley 11.683). El plan de pagos Mis Facilidades no elimina los intereses ya devengados.
Como regla general no. ARCA prorroga cuando publica un régimen específico (por ejemplo, prórroga por feriado imprevisto, contingencia del sistema, o régimen especial de una RG). No existe una "solicitud individual de prórroga" para el contribuyente común. Si no llegás, la vía es pagar y adherirse a Mis Facilidades.
En el calendario de vencimientos que ARCA publica cada año (arca.gob.ar). Está segmentado por impuesto y dentro de cada impuesto por terminación de CUIT (0-1, 2-3, 4-5, 6-7, 8-9). AGIP, ARBA y la Comisión Arbitral publican calendarios propios.
En algunos impuestos coinciden (IVA general). En otros no: en Ganancias PH la DDJJ vence un día antes que el pago del saldo. Los anticipos siempre tienen fecha propia distinta a la DDJJ anual. Para IIBB CABA / PBA la DDJJ y el pago vencen el mismo día.
Sí. Si el vencimiento cae en feriado o día no hábil administrativo, se traslada al siguiente día hábil. Cuidado con los feriados provinciales para IIBB — no siempre coinciden con los nacionales.
Se presenta la opción de reducción de anticipos según RG 5211 antes del vencimiento del primer anticipo que se pretende reducir. Se acompaña con la proyección firmada por Contador Público. Si al liquidar la DDJJ el impuesto real es superior a los anticipos reducidos, ARCA cobra intereses resarcitorios por la diferencia.
Vas a olvidarte de alguno. No es cuestión de si — es cuestión de cuándo. Cada mes hay entre 5 y 12 vencimientos vivos sólo para un contribuyente promedio, y ninguno de los organismos avisa antes. Ese es el trabajo del contador.
En el estudio armamos el calendario mensual por cliente y monitoreamos los vencimientos en el propio sistema Ágora GS que usamos para nuestros clientes: presentación, pago, respaldo y control cruzado contra ARCA / AGIP / ARBA. Coordinamos una charla y te proponemos un esquema adaptado.
Aviso: las reglas explicadas en esta página son de referencia general. La fecha exacta de cada vencimiento se publica en el calendario oficial del organismo (ARCA, AGIP, ARBA, Comisión Arbitral) y puede modificarse por resolución sin aviso previo. Este listado no reemplaza la verificación individual ni el asesoramiento profesional.